sábado, 4 de marzo de 2017

Fases del ciclo presupuestario

De forma breve, podemos señalar que el ciclo presupuestario consta de cuatro grandes fases (elaboración, aprobación, ejecución y control):

• La elaboración se inicia con la aprobación de los objetivos de gastos por Hacienda. Posteriormente intervienen los centros de gasto, que elevan sus propuestas a Hacienda, para la elaboración del anteproyecto de ley. Antes del 1 de octubre deberá remitirse el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado a las Cortes (o al Parlamento de Canarias).

• La aprobación compete a las Cortes , pudiéndose introducir enmiendas (a la totalidad o al articulado) y debe ser aprobado antes del 1 de enero, quedando automáticamente prorrogados los presupuestos del año anterior en caso contrario.

• La ejecución –realizar los gastos y operaciones autorizados- recae en los órganos de las Administraciones Públicas. Consta de cuatro fases: autorización, compromiso, obligación y orden de pago. Cabe modificación de las cifras aprobadas en algunos casos (créditos extraordinarios, por ejemplo).

• El control se realiza en dos niveles. Por un lado, un control interno durante la ejecución a través de la Intervención General, que debe fiscalizar el gasto, y por otro lado, al finalizar el año, un control externo a través del Tribunal de Cuentas  que debe aprobar la Cuenta General y someterla al Legislativo (a las Cortes o al Parlamento)

Palabras claves

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 ejecución,fases: autorización, compromiso, obligación y orden de pago, modificación,algunos casos

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sábado, 4 de marzo de 2017

Fases del ciclo presupuestario

De forma breve, podemos señalar que el ciclo presupuestario consta de cuatro grandes fases (elaboración, aprobación, ejecución y control):

• La elaboración se inicia con la aprobación de los objetivos de gastos por Hacienda. Posteriormente intervienen los centros de gasto, que elevan sus propuestas a Hacienda, para la elaboración del anteproyecto de ley. Antes del 1 de octubre deberá remitirse el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado a las Cortes (o al Parlamento de Canarias).

• La aprobación compete a las Cortes , pudiéndose introducir enmiendas (a la totalidad o al articulado) y debe ser aprobado antes del 1 de enero, quedando automáticamente prorrogados los presupuestos del año anterior en caso contrario.

• La ejecución –realizar los gastos y operaciones autorizados- recae en los órganos de las Administraciones Públicas. Consta de cuatro fases: autorización, compromiso, obligación y orden de pago. Cabe modificación de las cifras aprobadas en algunos casos (créditos extraordinarios, por ejemplo).

• El control se realiza en dos niveles. Por un lado, un control interno durante la ejecución a través de la Intervención General, que debe fiscalizar el gasto, y por otro lado, al finalizar el año, un control externo a través del Tribunal de Cuentas  que debe aprobar la Cuenta General y someterla al Legislativo (a las Cortes o al Parlamento)

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