La jurisdicción voluntaria podría definirse como una actividad jurisdiccional en la que no hay litigio o partes enfrentadas, motivo por el cual algunos autores han calificado la misma de administrativa.
Comprende un conjunto heterogéneo de actos que en los que no hay oposición de persona determinada, sino que van encaminados a constituir relaciones jurídicas, modificarlas y desarrollarlas.
En principio, la jurisdicción voluntaria únicamente puede dispensarla un juez, no solo por su carácter imparcial y conocimiento en la materia, sino que lo que interesa en especial es lo que representa, eso es, un sujeto dotado de autoridad.
- TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
- Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 2 Competencia en materia de jurisdicción voluntaria
- Artículo 3 Legitimación y postulación
- Artículo 4 Intervención del Ministerio Fiscal
- Artículo 5 Prueba
- Artículo 6 Tramitación simultánea o posterior de expedientes o procesos
- Artículo 7 Gastos
- Artículo 8 Carácter supletorio de la Ley de Enjuiciamiento Civil
- TÍTULO I. De las normas comunes en materia de tramitación de los expedientes de jurisdicción voluntaria
- CAPÍTULO I. Normas de Derecho internacional privado
- Artículo 9 Competencia internacional
- Artículo 10 Ley aplicable a los expedientes de jurisdicción voluntaria en los casos internacionales
- Artículo 11 Inscripción en registros públicos
- Artículo 12 Efectos en España de los expedientes y actos de jurisdicción voluntaria acordados por autoridades extranjeras
- CAPÍTULO II. Normas de tramitación
- Artículo 13 Aplicación de las disposiciones de este Capítulo
- Artículo 14 Iniciación del expediente
- Artículo 15 Acumulación de expedientes
- Artículo 16 Apreciación de oficio de la falta de competencia y otros defectos u omisiones
- Artículo 17 Admisión de la solicitud y citación de los interesados
- Artículo 18 Celebración de la comparecencia
- Artículo 19 Decisión del expediente
- Artículo 20 Recursos
- Artículo 21 Caducidad del expediente
- Artículo 22 Cumplimiento y ejecución de la resolución que pone fin al expediente
- CAPÍTULO I. Normas de Derecho internacional privado
- TÍTULO II. De los expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de personas
- CAPÍTULO I. De la autorización o aprobación judicial del reconocimiento de la filiación no matrimonial
- CAPÍTULO II. De la habilitación para comparecer en juicio y del nombramiento de defensor judicial
- Artículo 27 Ámbito de aplicación
- Artículo 28 Competencia, legitimación y postulación
- Artículo 29 Efectos de la solicitud
- Artículo 30 Comparecencia y resolución
- Artículo 31 Cesación del defensor judicial y de la habilitación para comparecer en juicio
- Artículo 32 Rendición de cuentas, excusa y remoción del defensor judicial
- CAPÍTULO III. De la adopción
- Artículo 33 Competencia
- Artículo 34 Carácter preferente y postulación
- Artículo 35 Propuesta de la Entidad Pública y solicitud del adoptante
- Artículo 36 Consentimiento
- Artículo 37 Asentimiento y audiencia
- Artículo 38 Citaciones
- Artículo 39 Tramitación
- Artículo 40 Procedimiento para la exclusión de funciones tutelares del adoptante y extinción de la adopción
- Artículo 41 Adopción internacional
- Artículo 42 Conversión de adopción simple o no plena en plena
- CAPÍTULO IV. De la tutela, la curatela y la guarda de hecho
- CAPÍTULO V. De la concesión judicial de la emancipación y del beneficio de la mayoría de edad
- CAPÍTULO VI. De la protección del patrimonio de las personas con discapacidad
- CAPÍTULO VII. Del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen del menor o persona con capacidad modificada judicialmente
- CAPÍTULO VIII. De la autorización o aprobación judicial para la realización de actos de disposición, gravamen u otros que se refieran a los bienes y derechos de menores y personas con capacidad modificada judicialmente
- CAPÍTULO IX. De la declaración de ausencia y fallecimiento
- Artículo 67 Ámbito de aplicación
- Artículo 68 Competencia, legitimación y postulación
- Artículo 69 Defensor judicial en caso de desaparición
- Artículo 70 Declaración de ausencia
- Artículo 71 Resolución y nombramiento de representante del ausente
- Artículo 72 Medidas provisionales
- Artículo 73 Práctica de inventario de bienes
- Artículo 74 Declaración de fallecimiento
- Artículo 75 Hechos posteriores a la declaración de ausencia o fallecimiento
- Artículo 76 Constancia del fallecimiento del desaparecido
- Artículo 77 Comunicación al Registro Civil
- CAPÍTULO X. De la extracción de órganos de donantes vivos
- TÍTULO III. De los expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de familia
- CAPÍTULO I. De la dispensa del impedimento matrimonial
- CAPÍTULO II. De la intervención judicial en relación con la patria potestad
- SECCIÓN 1. Disposición común
- SECCIÓN 2. De la intervención judicial en los casos de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad
- SECCIÓN 3. De las medidas de protección relativas al ejercicio inadecuado de la potestad de guarda o de administración de los bienes del menor o persona con capacidad modificada judicialmente
- CAPÍTULO III. De la intervención judicial en los casos de desacuerdo conyugal y en la administración de bienes gananciales
- TÍTULO IV. De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos al Derecho sucesorio
- TÍTULO V. De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos al Derecho de obligaciones
- TÍTULO VI. De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos a los derechos reales
- TÍTULO VII. De los expedientes de subastas voluntarias
- TÍTULO VIII. De los expedientes de jurisdicción voluntaria en materia mercantil
- CAPÍTULO I. De la exhibición de libros de las personas obligadas a llevar contabilidad
- CAPÍTULO II. De la convocatoria de juntas generales
- CAPÍTULO III. Del nombramiento y revocación de liquidador, auditor o interventor de una entidad
- CAPÍTULO IV. De la reducción de capital social y de la amortización o enajenación de las participaciones o acciones
- CAPÍTULO V. De la disolución judicial de sociedades
- CAPÍTULO VI. De la convocatoria de la asamblea general de obligacionistas
- CAPÍTULO VII. Del robo, hurto, extravío o destrucción de título valor o representación de partes de socio
- CAPÍTULO VIII. Del nombramiento de perito en los contratos de seguro
- TÍTULO IX. De la conciliación
- Artículo 139 Procedencia de la conciliación
- Artículo 140 Competencia
- Artículo 141 Solicitud
- Artículo 142 Admisión, señalamiento y citación
- Artículo 143 Efectos de la admisión
- Artículo 144 Comparecencia al acto de conciliación
- Artículo 145 Celebración del acto de conciliación
- Artículo 146 Testimonio y gastos
- Artículo 147 Ejecución
- Artículo 148 Acción de nulidad