viernes, 2 de septiembre de 2016

EL PODER JUDICIAL EN ANDALUCÍA

EL PODER JUDICIAL EN ANDALUCÍA _______________________________________________________________

 El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es el órgano jurisdiccional en que culmina la organización judicial en Andalucía.
 El Presidente o Presidenta del Tribunal Superior de Justicia es el representante del Poder Judicial del Estado en Andalucía. Es nombrado por el Rey a  propuesta del Consejo General del Poder Judicial con la participación del Consejo de Justicia de Andalucía.
 El Consejo de Justicia de Andalucía es el órgano de gobierno de la Administración de Justicia en Andalucía. Lo presidirá el Presidente o Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y el resto de miembros serán elegidos entre magistrados, fiscales y juristas. Corresponde a la Junta de Andalucía la competencia sobre el personal no judicial, es decir, personas que no son jueces ni fiscales y que están al servicio de la Administración de Justicia. Corresponde a la Junta de Andalucía la competencia para ordenar los servicios de justicia gratuita para aquellas personas que acrediten insuficiencia de recursos económicos. También tiene competencia sobre la justicia de paz, que se encarga de cuestiones de menor importancia.

viernes, 2 de septiembre de 2016

EL PODER JUDICIAL EN ANDALUCÍA

EL PODER JUDICIAL EN ANDALUCÍA _______________________________________________________________

 El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es el órgano jurisdiccional en que culmina la organización judicial en Andalucía.
 El Presidente o Presidenta del Tribunal Superior de Justicia es el representante del Poder Judicial del Estado en Andalucía. Es nombrado por el Rey a  propuesta del Consejo General del Poder Judicial con la participación del Consejo de Justicia de Andalucía.
 El Consejo de Justicia de Andalucía es el órgano de gobierno de la Administración de Justicia en Andalucía. Lo presidirá el Presidente o Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y el resto de miembros serán elegidos entre magistrados, fiscales y juristas. Corresponde a la Junta de Andalucía la competencia sobre el personal no judicial, es decir, personas que no son jueces ni fiscales y que están al servicio de la Administración de Justicia. Corresponde a la Junta de Andalucía la competencia para ordenar los servicios de justicia gratuita para aquellas personas que acrediten insuficiencia de recursos económicos. También tiene competencia sobre la justicia de paz, que se encarga de cuestiones de menor importancia.