martes, 30 de agosto de 2016

LA GESTION DE LOS DOCUMENTOS EN LA ADMINISTRACION DE LA JUNTA DE ANDALUCIA.

LA GESTION DE LOS DOCUMENTOS EN LA ADMINISTRACION
DE LA JUNTA DE ANDALUCIA.
_______________________________________________________________
Llamamos gestión de los documentos a la que se realiza para incorporar en un
expediente administrativo todos los documentos sobre un asunto desde que se
inicia hasta que se concluye, por ejemplo, acuerdo de inicio o solicitud, en su
caso, informes, alegaciones, resolución y notificación de la misma.

5. DOCUMENTOS ORIGINALES Y COPIA.
_______________________________________________________________
A lo largo del procedimiento administrativo, por ejemplo, cuando se solicita
participar en las oposiciones para el acceso a personal funcionario de la
Administración de la Junta de Andalucía, se exige la presentación de
documentos. De esta forma, los aspirantes, en un primer momento, deben
presentar su solicitud de participación; más adelante realizar el examen de
oposición; si superan la fase de oposición y está prevista una fase de concurso,
deberán presentar la autobaremación de méritos; y, al final del proceso
selectivo, y deberán presentar la documentación exigida para el nombramiento
como funcionario de carrera y elegir destino.
Siguiendo con el ejemplo del proceso selectivo, vamos a ver qué tipo de
documentos originales y copias podemos encontrar.
Solicitud. En este documento la persona que aspira a participar en el
proceso selectivo debe hacer constar sus datos personales, la titulación
académica, el cuerpo de acceso, el turno por el que accede, el órgano
administrativo al que dirige su solicitud, la fecha de presentación del
documento y la firma de la persona interesada.
Copias de solicitudes y otros escritos. La Ley 30/1992 establece que
las personas que presenten solicitudes y escritos a los órganos de la
Administración podrán llevar una copia o fotocopia de su solicitud para
que se le selle y se le devuelva como prueba de haber presentado su
escrito.
Documentos originales. Son los documentos hechos por la propia
administración cuando resuelve un asunto. Por ejemplo, cuando desea
participar en el proceso selectivo por el turno de personas con
discapacidad, la persona interesada deberá presentar junto con su
solicitud un certificado o un informe original que acredite su condición de
persona con discapacidad.
Copia. Es el documento que reproduce a otro que es original.
Copias compulsadas o autenticadas de documentos. Una vez que el
interesado ha superado el proceso selectivo, tendrá que presentar un
conjunto de documentos para poder ser nombrado funcionario de
carrera, como por ejemplo, original o fotocopia compulsada de la
titulación académica exigida.
Al compulsar una fotocopia, los órganos de la Administración cotejan ésta
con su original, es decir, comprueban que la fotocopia que presenta la
persona interesada es igual que el documento original. En tal caso, pondrán
sobre la fotocopia un sello de compulsa que indica que esa fotocopia
coincide con el documento original.

También se pueden compulsar documentos electrónicos con firma electrónica o
digital.
La copia o fotocopia compulsada, también se le conoce con el nombre de
Copia autenticada. Estas copias compulsadas no garantizan que el
documento del que se ha hecho la fotocopia sea auténtico, ni que no haya
sido manipulado o alterado por alguien.
Copias auténticas de documentos. Puede ocurrir que la persona haya
extraviado o perdido el documento original de su título de Bachiller y no
pueda presentar el original y una fotocopia para que se le compulse. En
este caso tendrá que solicitar una copia de su título en la institución que
emitió el título. A esta copia se le llama “copia auténtica” porque la
está emitiendo el mismo órgano o Administración que emitió el
documento original y, por tanto, tiene el mismo valor que el
documento original. Es muy importante tener en cuenta que solo se
darán copias de documentos que contengan datos de carácter
personal (por ejemplo, un informe médico) a las propias personas o
a aquellos organismos que autoriza la ley.
Recuerda sobre los Documentos originales y copias.
• Documento original: es el hecho por la Administración cuando resuelve
un asunto.
• Copias: Es la reproducción de un documento original. Tipos:
1. Copias autenticadas. También llamadas copias compulsadas
pueden ser de documentos administrativos y de documentos
privados. Los documentos privados son los que han sido emitidos
por una Organización que no es Administración Pública, como por
ejemplo un Centro de Formación privado, una Asociación, etc.
La realización de compulsa de documentos corresponde a los
funcionarios y funcionarias que trabajan en el órgano
administrativo en el que se presenta la copia, que puede ser o no
el mismo órgano que emitió el documento original.
TEMA 9 La Documentación en la Administración
23 de 37
2. Copias auténticas:

Son siempre de documentos administrativos, nunca de
documentos privados o de la ciudadanía.

Las emite o realiza el mismo órgano administrativo que
emitió o realizó el documento original.

Al ser emitidas por el mismo órgano que hizo el original,
tienen la misma validez que el documento original en

cualquier parte que se presente.  

martes, 30 de agosto de 2016

LA GESTION DE LOS DOCUMENTOS EN LA ADMINISTRACION DE LA JUNTA DE ANDALUCIA.

LA GESTION DE LOS DOCUMENTOS EN LA ADMINISTRACION
DE LA JUNTA DE ANDALUCIA.
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Llamamos gestión de los documentos a la que se realiza para incorporar en un
expediente administrativo todos los documentos sobre un asunto desde que se
inicia hasta que se concluye, por ejemplo, acuerdo de inicio o solicitud, en su
caso, informes, alegaciones, resolución y notificación de la misma.

5. DOCUMENTOS ORIGINALES Y COPIA.
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A lo largo del procedimiento administrativo, por ejemplo, cuando se solicita
participar en las oposiciones para el acceso a personal funcionario de la
Administración de la Junta de Andalucía, se exige la presentación de
documentos. De esta forma, los aspirantes, en un primer momento, deben
presentar su solicitud de participación; más adelante realizar el examen de
oposición; si superan la fase de oposición y está prevista una fase de concurso,
deberán presentar la autobaremación de méritos; y, al final del proceso
selectivo, y deberán presentar la documentación exigida para el nombramiento
como funcionario de carrera y elegir destino.
Siguiendo con el ejemplo del proceso selectivo, vamos a ver qué tipo de
documentos originales y copias podemos encontrar.
Solicitud. En este documento la persona que aspira a participar en el
proceso selectivo debe hacer constar sus datos personales, la titulación
académica, el cuerpo de acceso, el turno por el que accede, el órgano
administrativo al que dirige su solicitud, la fecha de presentación del
documento y la firma de la persona interesada.
Copias de solicitudes y otros escritos. La Ley 30/1992 establece que
las personas que presenten solicitudes y escritos a los órganos de la
Administración podrán llevar una copia o fotocopia de su solicitud para
que se le selle y se le devuelva como prueba de haber presentado su
escrito.
Documentos originales. Son los documentos hechos por la propia
administración cuando resuelve un asunto. Por ejemplo, cuando desea
participar en el proceso selectivo por el turno de personas con
discapacidad, la persona interesada deberá presentar junto con su
solicitud un certificado o un informe original que acredite su condición de
persona con discapacidad.
Copia. Es el documento que reproduce a otro que es original.
Copias compulsadas o autenticadas de documentos. Una vez que el
interesado ha superado el proceso selectivo, tendrá que presentar un
conjunto de documentos para poder ser nombrado funcionario de
carrera, como por ejemplo, original o fotocopia compulsada de la
titulación académica exigida.
Al compulsar una fotocopia, los órganos de la Administración cotejan ésta
con su original, es decir, comprueban que la fotocopia que presenta la
persona interesada es igual que el documento original. En tal caso, pondrán
sobre la fotocopia un sello de compulsa que indica que esa fotocopia
coincide con el documento original.

También se pueden compulsar documentos electrónicos con firma electrónica o
digital.
La copia o fotocopia compulsada, también se le conoce con el nombre de
Copia autenticada. Estas copias compulsadas no garantizan que el
documento del que se ha hecho la fotocopia sea auténtico, ni que no haya
sido manipulado o alterado por alguien.
Copias auténticas de documentos. Puede ocurrir que la persona haya
extraviado o perdido el documento original de su título de Bachiller y no
pueda presentar el original y una fotocopia para que se le compulse. En
este caso tendrá que solicitar una copia de su título en la institución que
emitió el título. A esta copia se le llama “copia auténtica” porque la
está emitiendo el mismo órgano o Administración que emitió el
documento original y, por tanto, tiene el mismo valor que el
documento original. Es muy importante tener en cuenta que solo se
darán copias de documentos que contengan datos de carácter
personal (por ejemplo, un informe médico) a las propias personas o
a aquellos organismos que autoriza la ley.
Recuerda sobre los Documentos originales y copias.
• Documento original: es el hecho por la Administración cuando resuelve
un asunto.
• Copias: Es la reproducción de un documento original. Tipos:
1. Copias autenticadas. También llamadas copias compulsadas
pueden ser de documentos administrativos y de documentos
privados. Los documentos privados son los que han sido emitidos
por una Organización que no es Administración Pública, como por
ejemplo un Centro de Formación privado, una Asociación, etc.
La realización de compulsa de documentos corresponde a los
funcionarios y funcionarias que trabajan en el órgano
administrativo en el que se presenta la copia, que puede ser o no
el mismo órgano que emitió el documento original.
TEMA 9 La Documentación en la Administración
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2. Copias auténticas:

Son siempre de documentos administrativos, nunca de
documentos privados o de la ciudadanía.

Las emite o realiza el mismo órgano administrativo que
emitió o realizó el documento original.

Al ser emitidas por el mismo órgano que hizo el original,
tienen la misma validez que el documento original en

cualquier parte que se presente.