lunes, 29 de agosto de 2016

ADQUISICIÓN Y PÉRDIDA DE LA RELACIÓN DE SERVICIO EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA

2. ADQUISICIÓN Y PÉRDIDA DE LA RELACIÓN DE SERVICIO EN LA
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA.
____________________________________________________________
La Oferta de Empleo Público es la norma, generalmente un Decreto, que
establece las plazas nuevas o vacantes que la Administración necesita cubrir y
regula el procedimiento para seleccionar a las personas que van a acceder a
ellas.
En las Ofertas de Empleo Público se debe reservar un cupo no inferior al 7%
de las plazas para personas con discapacidad. De ese 7%, al menos el 2%
deberán ser cubiertas por personas con discapacidad intelectual.
En Andalucía, el Decreto 93/2006 regula el ingreso, la promoción interna y la
provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función
Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía.
El Estatuto Básico del Empleado Público establece los principios aplicables a la
selección de personal. Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al
empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad,
mérito y capacidad.
Los procedimientos de selección de personal para trabajar en la Administración
Pública garantizarán:
1. Publicidad de las convocatorias y de las bases que las regulan.
2. Transparencia. Es decir, debe conocerse cómo transcurre todo el
procedimiento.
3. Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de
selección.
4. Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos
de selección.
5. Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones
o tareas a desarrollar. Esto quiere decir que las pruebas deben servir
para valorar las capacidades concretas para hacer el trabajo que va a
desarrollarse.
6. Agilidad en los procesos de selección.
2.1. Requisitos que tienen que reunir las personas para acceder a
la Función Pública.
Para el acceso a la función pública será necesario reunir los siguientes
requisitos:
1. Tener nacionalidad española.
2. Tener la capacidad para el desempeño de las tareas.
3. Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación
forzosa.
4. No haber sido sancionado disciplinariamente ni inhabilitado para
empleos o cargos públicos por resolución judicial.
5. Poseer la titulación exigida.
2.2. Requisitos que tienen que cumplir las convocatorias de
plazas.
Las convocatorias contendrán las bases que regularán el proceso selectivo, y
se publicarán en el BOJA. Las convocatorias contendrán las siguientes
características:
Número y características de las plazas convocadas.
Requisitos exigidos a las personas aspirantes para presentarse a
las pruebas.
Sistema de selección y formas de desarrollo de las pruebas y de su
calificación.
Programas o temas en que se basan las pruebas.
Baremos de valoración, si es que se trata de concurso o concurso
oposición.
Composición del órgano de selección.
Calendario para la realización de las pruebas.
Duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios. Las
pruebas deberán adecuarse al desempeño de las tareas de los
puestos de trabajo convocados.
2.3. Sistemas selectivos.
Los sistemas de selección de funcionarios de carrera son la oposición, el
concurso-oposición y el concurso.
La oposición consiste en la celebración de una o más pruebas que sirven para
determinar la capacidad y aptitud de las personas aspirantes y establecer el
orden de selección.
El concurso consiste en la comprobación y calificación o valoración de los
méritos de las personas aspirantes y en establecer el orden de las mismas.
El concurso-oposición consiste en la celebración de los dos sistemas
anteriores, primero la fase de oposición, con carácter eliminatorio, y,
posteriormente, la fase de concurso, con la valoración de los méritos.
Generalmente para la selección del personal funcionario de carrera se utiliza la
oposición y el concurso-oposición. En cuanto a los sistemas selectivos de
personal laboral fijo, son los de oposición, concurso-oposición, y concurso.

Las Comisiones de Selección: su composición debe ajustarse a los principios
de imparcialidad. Por eso, se eligen siguiendo ciertas pautas, como por ejemplo
que no sean familiares de personas que se presentan o profesores
preparadores de oposiciones.
2.4. Adquisición de la condición de Funcionario de Carrera.
Tras la selección, se realiza el nombramiento como funcionarios de las
personas aspirantes que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
Los nombramientos deberán publicarse en el BOJA.
La fecha de inicio en el trabajo se llama toma de posesión. Y es importante
porque sirve para determinar plazos en relación con cambios de la situación de
los funcionarios.
Para obtener la condición de funcionario de carrera se deben cumplir los
siguientes requisitos:
1. Superar el proceso selectivo.
2. Obtener el nombramiento por la autoridad competente, que se publicará
en el Diario Oficial correspondiente.
3. Acatar la Constitución y, en su caso, el Estatuto de Autonomía
correspondiente y el resto del Ordenamiento Jurídico.
4. Tomar posesión dentro del plazo que se establezca.
Los jefes tienen el deber de informar a los funcionarios que se incorporan a un
puesto sobre los fines, organización y funcionamiento de la unidad
administrativa en la que se integra y de, sus deberes, sus responsabilidades.


2.5. Pérdida de la condición de Funcionario de Carrera.
Son causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera las siguientes:
• La renuncia.
• La pérdida de la nacionalidad española.
• La pena de inhabilitación absoluta o especial para cargo público.
• La sanción disciplinaria de separación del servicio.
• La jubilación.
Recuerda sobre la adquisición y pérdida de la relación de servicio en la Administración de la Junta de Andalucía.
• En las Ofertas de Empleo Público se reservará un cupo no inferior al
7% de las plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad.
Y estas personas deberán superar los procesos selectivos, acreditar
su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.
• Para la selección de los funcionarios de carrera se utiliza la oposición
y el concurso-oposición, que incluirán una o varias pruebas para
determinar su capacidad y establecer el orden de selección.
• La selección de personal laboral fijo se hace por oposición, concurso
oposición, o concurso de valoración de méritos.
• Para obtener la condición de funcionario de carrera se deben cumplir
los siguientes requisitos:
1. Superar el proceso selectivo.
2. Ser nombrado por la autoridad competente y publicarse en el
Diario Oficial correspondiente.
3. Acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía
correspondiente y el resto del Ordenamiento Jurídico.
4. Tomar posesión dentro del plazo que se establezca.
• Son causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera las
siguientes: la renuncia, la pérdida de la nacionalidad española, la
condena penal de inhabilitación absoluta o especial para cargo
público, la sanción disciplinaria de separación del servicio, la

jubilación.  

lunes, 29 de agosto de 2016

ADQUISICIÓN Y PÉRDIDA DE LA RELACIÓN DE SERVICIO EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA

2. ADQUISICIÓN Y PÉRDIDA DE LA RELACIÓN DE SERVICIO EN LA
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA.
____________________________________________________________
La Oferta de Empleo Público es la norma, generalmente un Decreto, que
establece las plazas nuevas o vacantes que la Administración necesita cubrir y
regula el procedimiento para seleccionar a las personas que van a acceder a
ellas.
En las Ofertas de Empleo Público se debe reservar un cupo no inferior al 7%
de las plazas para personas con discapacidad. De ese 7%, al menos el 2%
deberán ser cubiertas por personas con discapacidad intelectual.
En Andalucía, el Decreto 93/2006 regula el ingreso, la promoción interna y la
provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función
Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía.
El Estatuto Básico del Empleado Público establece los principios aplicables a la
selección de personal. Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al
empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad,
mérito y capacidad.
Los procedimientos de selección de personal para trabajar en la Administración
Pública garantizarán:
1. Publicidad de las convocatorias y de las bases que las regulan.
2. Transparencia. Es decir, debe conocerse cómo transcurre todo el
procedimiento.
3. Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de
selección.
4. Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos
de selección.
5. Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones
o tareas a desarrollar. Esto quiere decir que las pruebas deben servir
para valorar las capacidades concretas para hacer el trabajo que va a
desarrollarse.
6. Agilidad en los procesos de selección.
2.1. Requisitos que tienen que reunir las personas para acceder a
la Función Pública.
Para el acceso a la función pública será necesario reunir los siguientes
requisitos:
1. Tener nacionalidad española.
2. Tener la capacidad para el desempeño de las tareas.
3. Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación
forzosa.
4. No haber sido sancionado disciplinariamente ni inhabilitado para
empleos o cargos públicos por resolución judicial.
5. Poseer la titulación exigida.
2.2. Requisitos que tienen que cumplir las convocatorias de
plazas.
Las convocatorias contendrán las bases que regularán el proceso selectivo, y
se publicarán en el BOJA. Las convocatorias contendrán las siguientes
características:
Número y características de las plazas convocadas.
Requisitos exigidos a las personas aspirantes para presentarse a
las pruebas.
Sistema de selección y formas de desarrollo de las pruebas y de su
calificación.
Programas o temas en que se basan las pruebas.
Baremos de valoración, si es que se trata de concurso o concurso
oposición.
Composición del órgano de selección.
Calendario para la realización de las pruebas.
Duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios. Las
pruebas deberán adecuarse al desempeño de las tareas de los
puestos de trabajo convocados.
2.3. Sistemas selectivos.
Los sistemas de selección de funcionarios de carrera son la oposición, el
concurso-oposición y el concurso.
La oposición consiste en la celebración de una o más pruebas que sirven para
determinar la capacidad y aptitud de las personas aspirantes y establecer el
orden de selección.
El concurso consiste en la comprobación y calificación o valoración de los
méritos de las personas aspirantes y en establecer el orden de las mismas.
El concurso-oposición consiste en la celebración de los dos sistemas
anteriores, primero la fase de oposición, con carácter eliminatorio, y,
posteriormente, la fase de concurso, con la valoración de los méritos.
Generalmente para la selección del personal funcionario de carrera se utiliza la
oposición y el concurso-oposición. En cuanto a los sistemas selectivos de
personal laboral fijo, son los de oposición, concurso-oposición, y concurso.

Las Comisiones de Selección: su composición debe ajustarse a los principios
de imparcialidad. Por eso, se eligen siguiendo ciertas pautas, como por ejemplo
que no sean familiares de personas que se presentan o profesores
preparadores de oposiciones.
2.4. Adquisición de la condición de Funcionario de Carrera.
Tras la selección, se realiza el nombramiento como funcionarios de las
personas aspirantes que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
Los nombramientos deberán publicarse en el BOJA.
La fecha de inicio en el trabajo se llama toma de posesión. Y es importante
porque sirve para determinar plazos en relación con cambios de la situación de
los funcionarios.
Para obtener la condición de funcionario de carrera se deben cumplir los
siguientes requisitos:
1. Superar el proceso selectivo.
2. Obtener el nombramiento por la autoridad competente, que se publicará
en el Diario Oficial correspondiente.
3. Acatar la Constitución y, en su caso, el Estatuto de Autonomía
correspondiente y el resto del Ordenamiento Jurídico.
4. Tomar posesión dentro del plazo que se establezca.
Los jefes tienen el deber de informar a los funcionarios que se incorporan a un
puesto sobre los fines, organización y funcionamiento de la unidad
administrativa en la que se integra y de, sus deberes, sus responsabilidades.


2.5. Pérdida de la condición de Funcionario de Carrera.
Son causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera las siguientes:
• La renuncia.
• La pérdida de la nacionalidad española.
• La pena de inhabilitación absoluta o especial para cargo público.
• La sanción disciplinaria de separación del servicio.
• La jubilación.
Recuerda sobre la adquisición y pérdida de la relación de servicio en la Administración de la Junta de Andalucía.
• En las Ofertas de Empleo Público se reservará un cupo no inferior al
7% de las plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad.
Y estas personas deberán superar los procesos selectivos, acreditar
su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.
• Para la selección de los funcionarios de carrera se utiliza la oposición
y el concurso-oposición, que incluirán una o varias pruebas para
determinar su capacidad y establecer el orden de selección.
• La selección de personal laboral fijo se hace por oposición, concurso
oposición, o concurso de valoración de méritos.
• Para obtener la condición de funcionario de carrera se deben cumplir
los siguientes requisitos:
1. Superar el proceso selectivo.
2. Ser nombrado por la autoridad competente y publicarse en el
Diario Oficial correspondiente.
3. Acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía
correspondiente y el resto del Ordenamiento Jurídico.
4. Tomar posesión dentro del plazo que se establezca.
• Son causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera las
siguientes: la renuncia, la pérdida de la nacionalidad española, la
condena penal de inhabilitación absoluta o especial para cargo
público, la sanción disciplinaria de separación del servicio, la

jubilación.