a) Esta ley tiene por objeto establecer las bases transformadoras de la relación funcionarial normal del personal estatutario de los servicios de salud que conforman el Sistema Nacional de Salud, a través del Estatuto Marco de dicho personal.
b) Esta ley tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la relación funcionarial especial del personal estatutario de los servicios de salud que conforman el Sistema Nacional de Salud, a través del Estatuto Marco de dicho personal.
c) Esta ley tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la relación estatutaria especial del personal estatutario de los servicios de salud que conforman el Sistema Internacional de Salud, a través del Estatuto Marco de dicho personal.
d) Esta ley tiene por objeto establecer las bases transformadoras de la relación funcionarial especial del personal estatutario de los servicios de salud que conforman el Sistema Internacional de salud de Salud, a través del Estatuto Marco de dicho personal.
a) La ley 55/2003 es aplicable al personal estatutario que desempeña su función en los centros e instituciones sanitarias de los servicios de salud de las comunidades autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado..
b) La ley 55/2003 es aplicable al personal estatutario que desempeña su función en los centros e instituciones sanitarias de los servicios de salud de las comunidades autónomas
c) La ley 55/2003 es aplicable al personal estatutario que desempeña su función en los centros e instituciones sanitarias de los servicios de salud de los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado
d) La ley 55/2003 es aplicable al personal estatutario que desempeña su función en la mayoría de los centros e instituciones sanitarias de los servicios de salud de las comunidades autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado
a) Lo previsto en esta ley será de aplicación al personal sanitario funcionario que preste servicios en los centros del Sistema Nacional de Salud
b) Lo previsto en esta ley será de aplicación al personal sanitario laboral que preste servicios en los centros del Sistema Nacional de Salud
c) Lo previsto en esta ley será de aplicación al personal sanitario funcionario y al personal sanitario laboral que preste servicios en los centros del Sistema Nacional de Salud
d) Lo previsto en esta ley será de aplicación al personal sanitario funcionario y al personal sanitario eventuall que preste servicios en los centros del Sistema Nacional de Salud
a) el Estado y las comunidades autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, aprobarán los estatutos y las demás normas aplicables al personal estatutario de cada servicio de salud.
b) el Estado aprobará los estatutos y las demás normas aplicables al personal estatutario de cada servicio de salud.
c) Las comunidades autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, aprobarán los estatutos y las demás normas aplicables al personal estatutario de cada servicio de salud.
d) el Estado y las comunidades autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, aprobarán los estatutos y las demás normas aplicables al personal estatutario de cada área de salud
a) Sometimiento parcial a la ley y el derecho
b) Sometimiento individual a la ley y el derecho
c) Sometimiento compartido a la ley y el derecho
d) Sometimiento pleno a la ley y el derecho
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a) Igualdad, capacidad y publicidad en el acceso a la condición de personal estatutario.
b) Igualdad, mérito, formación y publicidad en el acceso a la condición de personal estatutario.
c) Igualdad, mérito, capacidad y publicidad en el acceso a la condición de personal estatutario.
d) Equidad, mérito, capacidad y publicidad en el acceso a la condición de personal estatutario.
a) Estabilidad en el empleo y en el mantenimiento de la condición de personal estatutario fijo
b) Desestabilidad en el empleo y en el mantenimiento de la condición de personal estatutario fijo
c) Estabilidad en la búsqueda de empleo y en el mantenimiento de la condición de personal estatutario fijo
d) Estabilidad en el empleo y en la adquisición de la condición de personal estatutario fijo
a) Libre circulación del personal estatutario en el conjunto del Sistema Nacional de Salud
b) Restringida circulación del personal estatutario en el conjunto del Sistema Nacional de Salud
c) Libre circulación del personal estatutario en el conjunto del Área de Salud
d) Libre circulación del personal estatutario en el conjunto del Sistema Internacial de Salud
a) Responsabilidad en el ejercicio individual como garantías de la competencia e imparcialidad en el desempeño de las funciones
b) Responsabilidad en el ejercicio profesional y subjetividad como garantías de la competencia e imparcialidad en el desempeño de las funciones
c) Responsabilidad en el ejercicio personal y objetividad como garantías de la competencia e imparcialidad en el desempeño de las funciones
d)Responsabilidad en el ejercicio profesional y objetividad como garantías de la competencia e imparcialidad en el desempeño de las funciones
a) Planificación ineficiente de las necesidades de recursos y programación periódica de las convocatorias.
b) Planificación eficiente de las necesidades de personal y programación periódica de las convocatorias.
c) Planificación eficiente de las necesidades de recursos y programación limitada de las convocatorias.
d) Planificación eficiente de las necesidades de recursos y programación periódica de las convocatorias.
a) Integración en el régimen funcional del servicio de salud y de sus centros e instituciones.
b) Integración en el régimen organizativo y funcional del servicio de salud y de sus centros e instituciones.
c) Integración en el régimen organizativo del servicio de salud y de sus centros e instituciones.
d) Integración en el régimen organizativo y funcional del área de salud y de sus centros e instituciones.
a) Incorporación de los valores de transparencia en la gestión, deontología y servicio al interés público y a los ciudadanos, tanto en la actuación profesional como en las relaciones con los usuarios
b) Incorporación de los valores de igualdad, integridad, neutralidad, transparencia en la gestión, deontología y servicio al interés público y a los ciudadanos, tanto en la actuación profesional como en las relaciones con los usuarios
c) Incorporación de los valores de integridad, neutralidad, transparencia en la gestión, deontología y servicio al interés público y a los ciudadanos, tanto en la actuación profesional como en las relaciones con los usuarios
d) Incorporación de los valores de igualdad, integridad, neutralidad, transparencia en la gestión, deontología y servicio al interés público y a los ciudadanos, sólo en la actuación profesional
a) Coordinación, cooperación y mutua información entre las Administraciones sanitarias públicas.
b) Coordinación entre las Administraciones sanitarias públicas.
c) Coordinación, cooperación y mutua atención entre las Administraciones sanitarias públicas.
d) Coordinación, exigencia y mutua información entre las Administraciones sanitarias públicas.
a) Participación de las organizaciones empresariales en la determinación de las condiciones de trabajo, a través de la negociación en las mesas correspondientes.
b) Participación de las organizaciones sindicales en la determinación de las condiciones de trabajo, a través de la negociación en las sillas correspondientes.
c) Participación de las organizaciones sindicales en la determinación de las condiciones de trabajo, a través de la negociación en las mesas correspondientes.
d) Participación de las organizaciones empresariales en la determinación de las condiciones de trabajo, a través de la negociación en las sillas correspondientes.